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PARTICIPACIÓN DE LOS ESTUDIANTES
Los alumnos, conscientes de que el colegio es de todos, aceptarán como un honor los cargos de representación que le asignen sus propios compañeros, y los encargos que reciba del colegio. Tanto los encargos como los comités o consejos son modos diversos de participación en el bien común del colegio.
Consejo de Estudiantes (Art. 29. Decreto 1860 de 1994).
Es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los estudiantes en la vida escolar. Estará integrado por un representante de cada curso a partir de quinto grado, elegido por el respectivo curso, y un representante de cuarto grado, vocero de los estudiantes de primero a cuarto, elegido por ellos.
El Consejo de Estudiantes será presidido por el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo, que será el alumno elegido por el grado once o uno de ellos, elegido por los representantes de cada curso. Si hay varios, contará con la asesoría del Director de Bienestar Estudiantil o quien asuma sus funciones.
Funciones del Consejo de Estudiantes:
Darse su propia organización interna
Elegir al representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo y asesorarlo en su representación
Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativa sobre el desarrollo de la vida estudiantil
Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores, que le atribuya el manual de Convivencia.

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